Estimada/o asociada/o,

A continuación le detallamos el criterio establecido para el vencimiento de la ITV durante el estado de alarma, a través de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos:

Primero. Ampliación de la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica periódica de los vehículos.

El plazo de validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida en el periodo de vigencia del estado de alarma, previsto en el apartado primero de la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica, se amplía en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado, conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro:

Cualquier duda contacte con nosotros.

Enlace BOE 16/05/2020

Muchas gracias y un saludo.