Estimado/a asociado/a:
Según lo establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, procedemos a realizar las siguientes aclaraciones:
1. ¿PODEMOS LOS TALLERES DE REPARACIÓN ABRIR EL LUNES 16?
Sí. El mantenimiento y reparación de vehículos a motor no es una de las actividades restringidas en el Real Decreto.
2. ¿PODEMOS RECIBIR CLIENTES/AS?
Discrepancias. Por un lado, tenemos que en el Real Decreto no se contempla la posibilidad de circulación de personas para asistir al taller de reparación como tal, pero por otra, es una actividad directamente relacionada con el trasporte público y privado de personas, con lo que podría considerarse dentro del supuesto g), de causa mayor:
*Desde Femete y Asintra estamos trabajando en conseguir una respuesta vinculante de la Administración a estas discrepancias.
Se adjunta Real Decreto Real Decreto 463/2020
3. ¿QUE MEDIDAS DEBEMOS ADOPTAR EN LA ATENCIÓN A LOS/AS CLIENTES/AS?
Adelantamos un protocolo de actuación conforme a las indicaciones del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para la atención al cliente, proporcionado por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Siempre teniendo en cuenta que se han de solventar las discrepancias sobre si se podrá atender al público o no, y que enunciábamos en la pregunta anterior.
Se adjunta protocolo de PRL
4. ¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA PARA LOS DEZPLAZAMIENTOS DE LOS EMPLEADOS/AS AL CENTRO DE TRABAJO Y PRUEBAS EN CARRETERA?
- Desplazamientos en carretera: Hemos preparado un modelo de Certificado para cada trabajador/a que deberá disponer en los desplazamientos.
Se adjunta Certificado para trabajadores-as
- Pruebas de vehículos y/o búsqueda de repuestos: Recomendamos llevar toda la documentación que ayude a verificar la condición de titular o empleado/a de la empresa, así como el resguardo de depósito del vehículo en su caso.
*Recordamos que es una situación excepcional y que los agentes de seguridad pueden no estar al tanto de las medidas adoptadas por lo que recomendamos paciencia y colaboración.
5. OPORTUNIDADES DE NEGOCIO: ¿PODEMOS DAR SERVICIO DE RECOGIDA DE VEHÍCULOS A DOMICILIO?
El periodo de quince días en el que la población deberá estar en casa, podría ser un buen momento para dejar el vehículo en el taller para las reparaciones pendientes. A falta de aclarar si el cliente podrá asistir al taller, podría ser una buena oportunidad para implementar un servicio de recogida de vehículos a domicilio. Siempre con responsabilidad y siguiendo las indicaciones dadas en el archivo adjunto: “recomendaciones sanitarias”, y que recomendamos estudien en profundidad para transmitir profesionalidad a clientes y posibles agentes de seguridad durante los desplazamientos.
6. ¿QUE CONSIDERACIONES FISCALES, CONTABLES Y LABORALES DEBEMOS TENER EN CUENTA?
Se han adelantado una serie de medidas en estos ámbitos como fraccionamientos, bonificaciones, aplazamientos, etc… pero hasta el próximo martes no se prevé que la Administración emita el documento técnico definitivo, con lo que esperaremos hasta ese momento para emitir una información veraz y concisa.
Laborales:
Se adjunta: “Medidas laborales derivadas de la situación de alerta”.
Fiscal:
- Agencia Estatal Tributaria: Se adjunta “Instrucciones de aplazamiento de la AEAT”
- Agencia Tributaria Canaria: No se han pronunciado
Por último, y ante la excepcionalidad de la situación, pedirles comprensión por la inexactitud de la información; la iremos transmitiendo conforme la recibamos en firme para no crear más confusión. También pedirles comprensión con los cuerpos de seguridad del estado, de los que necesitaremos una buena coordinación para que el Taller pueda ejercer su actividad lo mejor posible dada la situación. Esperemos que mañana, una vez reciban indicaciones más claras desde el Gobierno, cesen de pedir que cierren los talleres; mantendremos informados.
Cuente con nosotros para lo que necesite.
Reciba un cordial saludo.
- Certificado de empresa para trabajadores
- Circular sobre el Real Decreto que regula el Estado de Alarma
- Instrucciones de aplazamiento de la AEAT
- Medida laborales derivadas de la situación de alerta
- Protocolo de PRL
- Real Decreto 463-2020
- Recomendaciones Sanitarias